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Contrato Pagando Business Pro

Enero 2021, Revisión 1

CONTRATO DE EMISIÓN Y DEPÓSITO MERCANTIL DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO (EL “CONTRATO”), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “XC NETWORKS, S.A. DE C.V., INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR CARLOS MARTÍN CASTAÑEDA MÁRQUEZ (EN LO SUCESIVO “PAGANDO”), Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA FÍSICA O MORAL “ ” QUE SE IDENTIFICA EN LA DECLARACIÓN II (EN LO SUCESIVO EL “CLIENTE”), QUIENES EN CONJUNTO SERÁN REFERIDAS COMO “LAS PARTES”, LAS CUALES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I. Declara Pagando, por conducto de su apoderado:

a) Que su representada es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos según se hace constar en la escritura pública número 51, otorgada el 11 de junio de 1997, ante la fe del Licenciado Oscar Cayetano Becerra Tucker, titular de la Notaría Pública número 28 del Distrito de Bravos, Ciudad Juárez Chihuahua, misma que quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el 21 de julio de 1997, bajo el número 71 a folios 117, del libro primero, volumen 34.
b) Que sus facultades se desprenden de la escritura pública número 16,757 de fecha 30 de enero de 2019, otorgada ante la fe de la Lic. Josefina Sosa Ramírez, notario público número 32 de Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, e inscrita en el registro público de comercio de Ciudad Juárez bajo el folio mercantil electrónico número 9386 de fecha 20 de febrero de 2019, mismas que no le han sido limitadas ni revocadas en forma alguna.
c) Que el domicilio fiscal de su representada es en Avenida del Charro 215, interior 5ª, Ciudad Juárez, Chihuahua, 32349, México.
d) Que la dirección de internet de Pagando es la siguiente: www.pagando.mx, a través de la cual podrá hacer uso de los servicios de Pagando, así como consultar los términos y condiciones de uso de la plataforma de Pagando y las cuentas activas de Pagando en redes sociales de Internet.
e) Que el presente contrato de adhesión se encuentra autorizado por la CONDUSEF, el cual se encuentra inscrito en el RECA bajo el registro número (***), mismo que puede ser consultado en el Registro de Contratos de Adhesión a que se refiere la Ley para la Transparencia.
f) Que su representada se encuentra debidamente inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria con el registro XNE-970612-870, y que cuenta con todos los permisos, licencias y autorizaciones legales necesarias para operar en México, así como ofrecer y prestar al Cliente los servicios de emisión, administración, rendición y transmisión de fondos de pago electrónico de conformidad con lo señalado en la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (“LRITF”) y demás legislación aplicable, bajo los términos del presente Contrato.

II. Declara el Cliente, por conducto de su apoderado:

a) Que es una persona física o moral, según corresponda, que cuenta con todas las facultades para obligarse en los términos y condiciones del presente Contrato.
b) Que en caso de ser persona moral se encuentra debidamente constituida y que su representante legal cuenta con las facultades suficientes para firmar el presente Contrato, las cuales manifiesta no le han sido revocadas, limitadas ni modificadas en forma alguna
c) Que tiene domicilio en , C.P. .
d) Que el(los) depósito(s) que entregará a Pagando son recursos de su propiedad y producto del desarrollo normal de sus actividades propias, por tanto, no provienen de la realización de actividades ilícitas, además de que conoce y entiende plenamente las disposiciones relativas a las operaciones realizadas con recursos de procedencia ilícita y sus consecuencias administrativas y legales que corresponden.
e) Que está de acuerdo en agregar los documentos e información solicitados en la Plataforma de Pagando para la integración de su expediente electrónico, así como para su identificación.
f) Que sus datos personales, sus datos personales sensibles y patrimoniales resultan necesarios para la prestación de los Servicios de Pagando al amparo del presente Contrato, ya que en caso de no haberlos facilitado no hubiese sido posible formalizar la relación jurídica motivo de este Contrato; en este sentido, consiente expresamente a Pagando la recolección y el tratamiento de sus datos personales inclusive los sensibles para la citada finalidad y al propio tiempo manifiesta que ha aceptado los términos y condiciones de uso de la Plataforma de Pagando, y que fue informado sobre el Aviso de Privacidad referente al tratamiento de sus datos personales; entendiéndose por datos personales y datos personales sensibles a los referidos en el artículo 3, fracción V y VI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
g) Que se encuentra debidamente inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria.
h) Que está interesado en hacer uso de las operaciones y servicios financieros que Pagando ofrece con motivo del presente contrato, por lo que esta de acuerdo en sujetarse a los términos y condiciones aquí contenidos.

III. Declaran las Partes:

a) Que los Servicios que contrate el Cliente, se podrá(n) identificar entre otros elementos a través del número de Cliente y/o cuenta señalado en la Caratula del Servicio.
b) A través de sus representantes que se reconocen mutua y expresamente la personalidad que ostentan y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente Contrato, mismas que no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna a esta fecha.
c) Que es deseo de sus representadas formalizar este Contrato y que en su voluntad no median vicios en el consentimiento, dolo, violencia, mala fe o error que pudiera invalidarlo, por lo que es su voluntad obligarse de conformidad a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. DEFINICIONES. Para todos los efectos del presente Contrato, los términos con mayúscula inicial tendrán el significado que se les atribuye a dichos términos en el presente Contrato (incluyendo sus anexos), y serán igualmente aplicables en singular o plural:

Autoridades. Comisión Nacional Bancaría y de Valores, Banco de México (CNBV), Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y autoridades judiciales.
Cláusula Abusiva: A las que se refieren las Disposiciones de Carácter General emitidas por CONDUSEF.
Carátula. Se entenderá como tal al documento que se emite por cada servicio contratado al amparo del presente contrato, el cual contiene las características específicas del mismo, tales como plazo, comisiones, medios de disposición, datos de la UNE, forma de envío o disposición del estado de cuenta, datos de la CONDUSEF y el número de registro en el RECA.
Cliente: A la persona a nombre de quien la institución de fondos de pago electrónico lleva una Cuenta de Fondos de Pago Electrónico.
Cliente Beneficiario: al titular de la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico indicada en la orden de Transferencia de Fondos o de Transferencia de Fondos de Pago Electrónico a la cual la institución de fondos de pago electrónico que reciba dicha orden deba abonar los Fondos de Pago Electrónico equivalentes al monto indicado en la orden de que se trate.
Cliente Emisor: al Cliente con quien la institución de fondos de pago electrónico haya convenido realizar una Transferencia de Fondos o Transferencia de Fondos de Pago Electrónico, con cargo a la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico que dicha institución le lleve.
Certificado Digital: a aquel mensaje de datos en formato digital generado en términos de las “Reglas para Operar como Agencia Registradora y/o Agencia Certificadora en la Infraestructura Extendida de Seguridad”, contenidas en la Circular-Telefax 6/2005 del Banco de México, o las que, en su caso, las sustituyan.
CLABE: Identificador único denominado "Clave Básica Estandarizada", el cual se asignará a cada una de las cuentas de fondos de pago electrónico, de conformidad con la Circular 12/2018 emitida por el Banco de México.
CONDUSEF. Es la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Circular 12/2018: Significa la CIRCULAR 12/2018 dirigida a las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, relativa a las disposiciones de carácter general aplicables a las operaciones de las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico.
Comisión. Significa cualquier cargo, independientemente de su denominación o modalidad, diferente al interés que Pagando cobre a los Clientes por las operaciones, incluidos los cargos por el uso o aceptación de medios de Disposición.
Comprobante de Operación. Significa el documento físico o electrónico que acredite la realización de operaciones, como pueden ser las evidencias de depósito, retiro, disposición, pago, consulta de saldo y movimientos, etc., que sea emitido y puesto a disposición por cualquier medio del Cliente.
Cuenta. Significa las cuentas de fondos de pago electrónico, de conformidad con el artículo 22, fracción 1, de la LRITF, por cada Cliente, en las que se realizan registros de (a) abonos correspondientes a (i) la cantidad de fondos de pago electrónicos emitidos a favor del Cliente, contra la recepción de una cantidad de dinero, en moneda nacional o, sujeto a la autorización del Banco de México, en moneda extranjera, o (ii) la cantidad de fondos de pago electrónico objeto de transferencias de fondos de pago electrónico de que se trate, así como (b) los cargos que correspondan por: (i) la disposición de dichos fondos, o (ii) la cantidad de fondos de pago electrónico objeto de transferencia de fondos de pago electrónico.
Contrato de Adhesión: Al documento elaborado unilateralmente por las Instituciones de Tecnología Financiera para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la celebración de una o más operaciones que lleven a cabo con los Clientes, en el entendido de que estos últimos no podrán negociar dichos términos y condiciones
Depósito: Será la suma de dinero en moneda nacional entregada por el Cliente a Pagando para abono a alguna de las Cuentas abiertas al amparo del presente contrato.
Disposiciones: A las presentes Disposiciones de Carácter General de la CONDUSEF en Materia de Transparencia y Sanas Prácticas aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera
Día Hábil Bancario: significa los días en que las instituciones de crédito no estén obligadas a cerrar sus puertas ni a suspender operaciones, en términos de las disposiciones de carácter general que, para tal efecto, emita la CNBV.
Dólar. Significa, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.
Estado de Cuenta o Estado de Operación: Estado de Cuenta es el documento emitido por las Instituciones de Tecnología Financiera que informa sobre el estado que guardan las operaciones y servicios contratados por los Clientes con las mismas. Estado de Operación es el documento que las instituciones de financiamiento colectivo entreguen a los inversionistas. De conformidad con el artículo 13 de la Ley para la Transparencia y con el artículo 59 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Domiciliación: a la ejecución de Transferencias de Fondos o Transferencias de Fondos de Pago Electrónico, sean individuales o recurrentes, con cargo a una Cuenta de Fondos de Pago Electrónico, que realice la institución de fondos de pago electrónico que la administre, de acuerdo con la aceptación expresa que el titular de dicha cuenta presente directamente o por medio de un Tercero Autorizado por este.
Entidades Financieras. Conjunto de instituciones que median y regulan las operaciones de Pagando las cuales se componen por las Cámaras de Compensación, Bancos Emisores y Bancos Adquirentes.
Firma Autógrafa Digitalizada: A los rasgos o datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al suscriptor u originador de la instrucción de alguna operación o servicio financiero e indicar que el firmante aprueba la información contenida en el mensaje de datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
Firma Electrónica Avanzada: Al certificado digital con el que deben contar las personas físicas y morales, conforme a lo dispuesto por el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación.
Instituciones de Tecnología Financiera: A las Instituciones de Financiamiento Colectivo y las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, de acuerdo a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Institución del Cliente Domiciliado: a la institución de fondos de pago electrónico que lleva la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico respecto de la cual se realizan Domiciliaciones.
Instituciones de Fondos de Pago Electrónico del Exterior: a las personas morales ubicadas fuera de territorio nacional que presten servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico similares a los que prestan instituciones de fondos de pago electrónico en México, en términos de la legislación aplicable.
Institución del Tercero Autorizado: a la institución de fondos de pago electrónico o Entidad Financiera que sea parte de un acuerdo celebrado por la Institución del Cliente Domiciliado, conforme al cual, a solicitud del Tercero Autorizado, instruye a dicha Institución del Cliente Domiciliado cargos a la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico correspondientes a las Domiciliaciones aceptadas por el Cliente.
Internet: A la red informática de comunicación mundial
LRITF: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Ley para la Transparencia: Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Los Servicios Financieros.
Métodos de Pago. Se refiere a los medios de fondos de pagos electrónicos en los cuales los Clientes pueden recibir dinero o realizar pagos a otros Clientes. Los Métodos de Pago autorizados son los descritos en www.pagando.mx, así como cualquier otro método que Pagando llegue a agregar u omitir.
Medio de Disposición: Se refiere a los que se refiere la fracción XII del artículo 3 de la Ley para la Transparencia.
Moneda Extranjera: Significa Dólares, así como a cualquier otra moneda libremente transferible y convertible a dicha moneda.
RECA. Es el Registro de Contratos de Adhesión, ante CONDUSEF.
REUS: Al Registro Público de Usuarios que no deseen que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios, a que se refiere la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Peso(s). Significa pesos, moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos.
Plataforma de Pagando. Se refiere a las aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de Internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital que Pagando utilice para operar con sus Clientes, la cual brinda facilidad, rapidez, y seguridad en sus operaciones.
PLD/FT: Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y Disposiciones de Carácter General que se deriven.
Términos y Condiciones de uso de la Plataforma: A las bases legales y manifestaciones que las Instituciones de Tecnología Financiera establecen con sus clientes a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de Internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital en un formato especial para la celebración de operaciones, actividades o servicios de éstas.
Tercero autorizado: con respecto a una Domiciliación, a la persona a la que el titular de la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico haya otorgado su autorización para instruir cargos en dicha cuenta, para efectos de la Domiciliación.
Transferencia de fondos: a aquella operación realizada entre la institución de fondos de pago electrónico de que se trate y otra institución de fondos de pago electrónico, Entidad Financiera, entidad financiera del exterior o Institución de Fondos de Pago Electrónico del Exterior, conforme al cual la primera realiza (i) el abono en una Cuenta de Fondos de Pago Electrónico por la cantidad equivalente de dinero a la indicada en la orden respectiva que reciba, derivada del cargo que esa otra institución de fondos de pago electrónico o entidad haga en la cuenta correspondiente, o bien (ii) el cargo en una Cuenta de Fondos de Pago Electrónico equivalente a aquella cantidad de dinero que el Cliente haya indicado en la orden que emita para que, una vez realizada la redención de los referidos fondos, dicha cantidad se acredite a favor de la otra institución de fondos de pago electrónico o entidad referida a quien se envíe dicha orden para su abono en la cuenta de depósito indicada en dicha orden.
Transferencia de Fondos de Pago Electrónico: a aquella operación realizada por una misma institución de fondos de pago electrónico de conformidad con los contratos celebrados con sus Clientes para la apertura de Cuentas de Fondos de Pago Electrónico, de acuerdo con la cual dicha institución abona una cantidad determinada de fondos de pago electrónico en una de dichas Cuentas, derivado del cargo por la referida cantidad en alguna otra de esas cuentas.
Software. Se refiere a tecnología propiedad de Pagando contenida dentro de la Plataforma de Pagando y las herramientas.
Servicios: Se refiere a los consistentes en la emisión y depósito de fondos de pago electrónico entre los Clientes de Pagando.
Tarjeta. Elemento plástico o número de referencia emitido por los bancos emisores, en el ámbito nacional e internacional, mismo que identifica y asocia a los Clientes de la Plataforma Pagando con su banco emisor o con la cuenta bancaria.
UNE. Unidad Especializada de Pagando que tiene por objeto atender las consultas, reclamaciones y aclaraciones de los Cliente.
UDIS: Significa las unidades de cuenta, cuyo valor en moneda nacional publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, conforme a los artículos Tercero del "Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta" y 20-Ter del Código Fiscal de la Federación.

SEGUNDA. OBJETO. Las Partes convienen otorgan el presente contrato de emisión y depósito mercantil de fondos de pago electrónico, asociado a la apertura de una Cuenta en la Plataforma de Pagando bajo los términos y condiciones aquí convenidos . Por su parte, el Cliente podrá realizar consulta de saldos, transacciones y movimientos a través de la Plataforma de Pagando, sin perjuicio de las Comisiones que se obligue a pagar por las operaciones establecidas en el presente Contrato.

Asimismo, Las Partes reconocen y aceptan que los Servicios serán prestados por Pagando de conformidad con los términos y condiciones contenidos en el presente Contrato y en la Carátula.

TERCERA. DEPÓSITO. Se constituirá a través de las cantidades que el Cliente deposite a Pagando en la Cuenta a través de transferencia bancaria, pudiendo el Cliente en este caso hacer retiros parciales o totales de los fondos que se encuentren depositados en la Cuenta.

Asimismo, Pagando señala que los fondos depositados no generaran rendimiento o beneficios monetarios por los saldos acumulados en la Cuenta del Cliente.

CUARTA. ESTADOS DE CUENTA. Las Partes convienen que de conformidad a lo señalado en los artículos 37 y 38 de las Disposiciones que el Cliente puede consultar el estado de cuenta de forma gratuita a través de la Plataforma de Pagando. No obstante, el Cliente manifiesta a la firma del presente Contrato, su consentimiento para que su estado de cuenta sea emitido de manera gratuita y entregado mensualmente a su correo electrónico, a partir del décimo día natural siguiente al corte de cada Cuenta, cuando así proceda o bien a partir del décimo día natural siguiente al cierre de cada mes cuando así proceda por el producto utilizado. La consulta de otros Estados de cuenta y/o Estados de Operación, será a petición expresa del Cliente a través de la plataforma y será de forma gratuita.

Asimismo, Pagando pondrá a disposición del Cliente, en la Plataforma, una relación de los saldos y los movimientos de los seis meses inmediatos anteriores. La consulta de saldos y movimientos de periodos anteriores podrá realizarse a solicitud expresa del Cliente y la misma será atendida en un plazo menor de cinco días hábiles de forma gratuita.

En caso de existir inconformidad con los movimientos del estado de cuenta del Cliente podrá presentar una Aclaración o Reclamación, según sea el caso dentro de los 90 noventa días naturales a partir del corte o de la operación, de acuerdo al procedimiento indicado en la cláusula de Aclaraciones y Disputas por Transacciones del presente Contrato. Vencido el plazo antes señalado, sin que se presente alguna objeción por parte del Cliente se entenderá que está conforme con el contenido de dicho estado de cuenta.

QUINTA. COMPROBANTES DE OPERACIÓN. Pagando emitirá y pondrá a disposición del Cliente los Comprobantes de Operación al momento de concluida una transacción, dicho Comprobante de Operación será enviado al correo electrónico del Cliente o a su bandeja de movimientos recientes para que pueda ser descargado en la misma Plataforma de Pagando.

Los Comprobantes de Operaciones contendrán como mínimo los siguientes datos: (i) los datos de identificación de Pagando en donde haya sido efectuada la operación y, cuando se usen tarjetas como Medio de Disposición, la identificación del establecimiento o cajero automático; (ii.) la certificación electrónica o folio interno que, mediante una serie de caracteres, permita identificar el proyecto y la operación celebrada por el Cliente; (iii) el monto, fecha y hora de la operación; (iv) el tipo de operación efectuada; (v) los datos que permitan al Cliente identificar la Cuenta respecto de la cual se efectuó la transacción; (vi) el concepto y monto de las comisiones cobradas por Pagando, y (vii) en las órdenes de pago que no sean originadas y liquidadas en moneda nacional y operaciones de cambio, el monto de la moneda de origen y el tipo de cambio aplicado a la conversión.

SEXTA. REGISTRO E IDENTIFICACIÓN. Para poder utilizar los Servicios, el Cliente acepta que deberá registrarse para obtener una Cuenta en Pagando. El registro de la Cuenta se realizará en la Plataforma de Pagando en www.pagando.mx, en donde el Cliente tendrá la obligación de consultar el aviso de privacidad de Pagando y los términos y condiciones de uso de la Plataforma de Pagando, así como proporcionar sus datos de identificación señalados en el artículo 11 de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (“DCGITF”) para que Pagando integre su expediente de identificación, así como la realización de la validación de los datos y autentificación de los documentos obtenidos de manera digital del Cliente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 6, fracción VIII, inciso c) de las Disposiciones. Asimismo, Pagando se reserva el derecho de solicitar comprobantes y/o información adicional a efectos de corroborar la información entregada por un Cliente de conforme a lo señalado en las DCGITF o en materia de PLD/FT, así como de suspender temporal o definitivamente a aquellos Clientes cuyos datos no hayan podido ser confirmados.

El Cliente asume el compromiso de actualizar los datos personales conforme resulte necesario. Pagando no se responsabiliza por la certeza de los datos personales provistos por el Cliente. Por lo que el Cliente garantiza y responderá, en cualquier caso, de la veracidad, exactitud, integridad, vigencia y autenticidad de los datos personales ingresados en su registro. Toda la información y los datos personales ingresados por el Cliente tienen carácter de confidencial y serán tratados de conformidad a la legislación aplicable en materia de protección de datos personales.

El Software de Pagando incluye servicios de ciberseguridad para la prevención de fraudes cibernéticos, por lo que Pagando se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de registro si el Cliente no proporciona toda la información y documentación necesaria en materia de PLD/FT, así como de cancelar o suspender, temporal o definitivamente una Cuenta activa en caso de detectar incongruencias o inconsistencias en la información provista por un Cliente o en caso de detectar actividades sospechosas de fraude cibernético (fraude realizado a través del uso de una computadora o de cualquier otro dispositivo mediante el uso de Internet), sin que tal decisión genere para el Cliente derechos de indemnización o resarcimiento.

Por último, el Cliente que abra una cuenta en nombre de una persona moral se obliga a proporcionar acta constitutiva, RFC de la persona moral, comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su emisión y poder que garantice las facultades legales del representante, de lo contrario, se solicita abstenerse de abrir la Cuenta. Por su parte, Pagando validará y verificará toda la documentación legal que el Cliente proporcione, por lo que todos los documentos que ingresen a nuestro sistema deberán ser reales, vigentes y cumplir con la normatividad aplicable en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA. VIGENCIA. Las Partes convienen que la vigencia del presente Contrato será indefinida a partir de su fecha de firma; el Contrato podrá darse por terminado cuando suceda lo siguiente; (i) en un periodo de diez días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato por decisión unilateral del Cliente, si deseará cancelarlo sin responsabilidad para el mismo, conforme a lo señalado en el artículo 21, fracción VIII de las Disposiciones de la CONDUSEF , (ii) Mediante solicitud del Cliente del cierre de su Cuenta a través de la Plataforma de Pagando; (ii) ante el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Contrato por cualquiera de las Partes.

OCTAVA. CIERRE DE CUENTA. El Cliente en cualquier momento de vigencia del presente Contrato, podrá solicitar el cerrar la cuenta sin condición alguna o expresión de causa alguna, lo que implicará el cierre de la Cuenta del Cliente, pero no suspenderá el cumplimiento a todas las solicitudes de Servicio ya autorizadas por el Cliente al momento de solicitar el cierre de la Cuenta. A los efectos de ejercer esta facultad, el cierre de la Cuenta del Cliente será de forma inmediata o al Día Hábil Bancario en que Pagando reciba la solicitud del Cliente. Una vez que surta efectos el cierre referido, Pagando se abstendrá de realizar cargos en la Cuenta y pondrá a disposición del Cliente la totalidad del saldo que mantenga en la Cuenta, a más tardar al cierre del Día Hábil Bancario de la presentación de la respectiva solicitud, mediante la Transferencia de Fondos a la cuenta de depósito de dinero a la vista en alguna Entidad Financiera autorizada a llevarla que el Cliente haya especificado para esos efectos.

Asimismo, Pagando en caso de incumplimiento del Cliente a las condiciones del presente Contrato o a la legislación aplicable, cerrará la Cuenta del Cliente lo que dará por terminada la prestación del Servicio sin ningún tipo de aviso previo.

En caso de cierre de la cuenta, lo que implicará la terminación del presente Contrato, Pagando no cobrará Comisión o penalización alguna, siempre y cuando no existan ordenes en transito y no existan adeudos con otros Clientes o con Pagando.

Por su parte Pagando proporcionará de forma inmediata al correo electrónico del Cliente o a cualquier otro medio digital que convengan las Partes, el número de referencia del cierre de la Cuenta del Cliente con la fecha, hora y la información referida en el momento en que se haya solicitado el cierre de la Cuenta, o bien, a más tardar al cierre del Día Hábil Bancario en el que se haya realizado la solicitud de alguna de las formas pactadas al efecto. Por su parte Pagando conservará evidencia de la información que haya proporcionado al Cliente en términos de las Disposiciones.

En caso de controversias respecto a la fecha de cierre de la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico, esta será la establecida por el Cliente, a menos que en dicha controversia exista evidencia escrita por la cual Pagando pueda justificar una fecha distinta. En caso de controversias sobre la instrucción del Cliente respecto al cierre de su Cuenta el Cliente deberá producir la evidencia de la solicitud a que se refiere el cuarto párrafo.

En caso de controversia respecto a lo señalado en la presente cláusula, las Partes atenderán a lo dispuesto en el artículo octavo de la Circular 12/2018.

NOVENA. LIMITES DE TRANSACCIÓN. Pagando de conformidad a lo señalado en la Circular 12/2018 contará con tres niveles distintos de Cuentas, cada nivel tiene un límite monetario distinto, y se requerirá distinta información personal del Cliente conforme a lo previsto en las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 58 de la LRITF. En el proceso de registro e identificación, el Cliente se clasificará de manera automática en el nivel inicial que tenga la cuenta a contratar como característica si es que el nivel de riesgo del cliente determinado por la matriz de riesgo es bajo , en caso de que el Cliente requiera que se le clasifique en el nivel de Cuenta 2 o 3, deberá proveer la información adicional que le solicite Pagando.

En virtud de lo anterior, los niveles de las Cuentas se ajustarán a lo siguiente:

• En las Cuentas nivel 1 de Pagando, la suma de los abonos en la totalidad de dichas cuentas, durante el transcurso de un mes calendario, no podrá exceder el equivalente en moneda nacional a setecientas cincuenta UDIS. En ningún momento, la suma de los saldos en dichas cuentas podrá exceder al equivalente en moneda nacional a mil UDIS.
• En las Cuentas de nivel 2 de Pagando, la suma de los abonos en la totalidad de dichas cuentas, durante el transcurso de un mes calendario, no podrá exceder el equivalente en moneda nacional a tres mil UDIS.
• En las Cuentas nivel 3 de Pagando, la suma de los abonos a la totalidad de dichas cuentas dependerán de las características del producto contratado.

Asimismo, en el caso de las Cuentas de nivel 1 y 2, Pagando no podrá incluir los importes relativos a las devoluciones por Transferencias de Fondos de Pago Electrónico o a cualquier otra bonificación que se realice por el uso o manejo de la Cuenta en el periodo de que trate, para determinar el monto máximo de los abonos.

En el caso de recepción de recursos del extranjero y de efectivo, el Cliente se sujetará a lo dispuesto en los Términos y Condiciones de uso de la Plataforma.

DÉCIMA. MANDATO. Al realizar una solicitud de Servicio, el Cliente otorga un mandato irrevocable a Pagando en términos de lo dispuesto en los artículos 2546 del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana y del Código Civil Federal y 273 del Código de Comercio para: (i) pagar por su cuenta y orden una determinada suma de dinero con relación a la cual se complete la solicitud; y/o (ii) cobrar los fondos de pago electrónicos por su cuenta y orden, sujeto a los términos y condiciones del Servicio de Pagando.

El mandato otorgado por el Cliente implica una autorización para disponer en su nombre de ciertos fondos de su Cuenta Pagando y transferir los fondos a cierto destinatario mediante acreditación en una Cuenta de Pagando designada de acuerdo con sus instrucciones. Asimismo, el mandato implica una autorización del Cliente para cobrar y acreditar en su Cuenta de Pagando el pago de los fondos de acuerdo con sus instrucciones. Asimismo, Pagando manifiesta que no utilizará los Fondos del Cliente para fines distintos a los instruidos por el Cliente.

El Cliente es el único responsable de la transacción instruida a través de Pagando. Pagando es ajeno a la obligación que le dio origen a dicha instrucción de pago, y, por lo tanto, no está obligado a verificar la cantidad, causa, destinatario o cualquier otra circunstancia relacionada con la instrucción de pago.

Las disposiciones de los fondos sólo podrán ser instruidas por el Cliente a través de la plataforma de Pagando y/o mediante cualquier otro medio que Pagando ponga a disposición del Cliente en su plataforma.

DÉCIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD DE PAGANDO EN EL SERVICIO. Pagando tiene la responsabilidad de mantener los Servicios, así como los Softwares disponibles y asegurar que estos puedan ser utilizados por los Clientes las 24 horas del día, los 365 días del año, salvo dicha interrupción de la disponibilidad sea por causar no imputables a Pagando, mantenimiento, o por caso fortuito o fuerza mayor.

Pagando no garantiza el acceso y uso continuado o ininterrumpido de su Plataforma, del Servicio o de las herramientas para la ejecución de órdenes de pago. El sistema puede eventualmente no estar disponible debido a dificultades técnicas o fallas de Internet en los links o herramientas o por cualquier otra circunstancia ajena a Pagando. Los Clientes no podrán imputarle responsabilidad alguna a Pagando, ni exigir resarcimiento alguno, en virtud de perjuicios resultantes de las mencionadas dificultades, así como por cualquier otra clase de daños, incluyendo daños indirectos, especiales o consecuentes que surjan o experimenten los Clientes, incluso en el caso que dichas fallas afecten los montos que deban ser pagados o acreditados.

DÉCIMA SEGUNDA. SEGURIDAD. Pagando tiene la responsabilidad de salvaguardar toda la información de la Cuenta de el Cliente e información de las Tarjetas con todas las certificaciones de seguridad necesarios para el adecuado procesamiento de todos los Métodos de Pago autorizados por el Cliente.

En el caso de robo, extravío u olvido de las claves de acceso a la Plataforma de Pagando, Pagando no será responsable por las operaciones o transacciones que sean realizadas por terceros en la Plataforma de Pagando por causas imputables al Cliente, sin embargo, el Cliente podrá dar aviso vía correo electrónico a Pagando para que proceda al bloqueo de la Cuenta, siguiendo los procedimientos señalados en los términos y condiciones de Pagando, con la finalidad de evitar cualquier uso indebido de las Cuenta del Cliente por terceros.

DÉCIMA TERCERA. SOLICITUD DE SERVICIO. La solicitud de Servicio se celebrará mediante el envío por parte del Cliente de una instrucción de Servicio en la Plataforma de Pagando (la “Solicitud”), donde se detallarán las instrucciones de la operación a realizar. Pagando se reserva el derecho de no procesar aquellas solicitudes que estén incompletas o en las cuales haya discrepancias entre los datos provistos por los Clientes y los datos ingresados efectivamente a Pagando o porque Pagando lo considere necesario, sin necesidad de justificar su decisión. El Cliente es el exclusivo responsable por las solicitudes de Servicio y sus consecuencias. Pagando no verificará la causa u obligación que originó la solicitud de Servicio, ni las demás circunstancias relativas a la misma. Las solicitudes de Servicios sólo podrán efectuarse a través de la Plataforma de Pagando, por lo que, cualquier solicitud del Cliente procesada o realizada por otros medios ajenos a la Plataforma Pagando, no serán ejecutados por Pagando, ni será su responsabilidad.

La Solicitud de Servicio no se considerará perfeccionada y Pagando no asumirá responsabilidad u obligación alguna bajo la Solicitud hasta tanto: (i) Pagando no haya aceptado la Solicitud del Cliente (se aclara que Pagando podrá negarse a cumplir con la Solicitud sin dar motivo o razón alguna y por ello no podrá imputársele responsabilidad alguna); y (ii) no haya recibido y se encuentren disponibles la totalidad de los fondos en la Cuenta de retiro. Pagando tampoco será responsable por órdenes, instrucciones, Solicitudes y/o pagos equivocados o incompletos causados por la introducción errónea del e-mail, cuenta bancaria, información relevante del destinatario o de la operación de pago, efectuados por el Cliente.

Asimismo, Pagando no será responsable ni garantizará el cumplimiento de las obligaciones que hubiesen asumido los Clientes con terceros con relación a los pagos a efectuar o a cobrar a través de la Plataforma de Pagando. El Cliente reconoce y acepta que al realizar transacciones con otros Clientes o terceros lo hace por su propia voluntad, prestando su consentimiento libremente y bajo su propio riesgo y responsabilidad. En ningún caso Pagando será responsable por lucro cesante, o por cualquier otro daño y/o perjuicio que haya podido sufrir el Cliente, debido a las transacciones realizadas o no realizadas a través de la Plataforma de Pagando.

En virtud que Pagando es ajeno a la obligación que dio origen a la Solicitud, Pagando no será responsable ni verificará las causas, importe o cualquier otra circunstancia relativa a dicha Solicitud, así como respecto de la existencia, calidad, cantidad, funcionamiento, estado, integridad o legitimidad de los bienes o servicios ofrecidos, adquiridos o enajenados por los Clientes y pagados utilizando Pagando, así como de la capacidad para contratar de los Clientes y la veracidad de los datos personales por ellos ingresados.

En caso de que uno o más Clientes o algún tercero inicien cualquier tipo acción legal contra otro u otros Clientes, todos y cada uno de los Clientes involucrados en dichos reclamos o acciones eximen de toda responsabilidad a Pagando y a sus directores, gerentes, empleados, agentes, operarios, representantes y apoderados.

DÉCIMA QUINTA. EMISIÓN Y ABONO DE RECURSOS. Pagando de conformidad a lo dispuesto en el disposición 10ª de las Disposiciones tiene la obligación de emitir los respectivos fondos de pago electrónico a favor del Cliente, así como de realizar los abonos correspondientes a la Cuenta, así como transferir cualquier saldo a el Cliente por medio de transferencia interbancaria a la cuenta bancaria del Cliente que esté asignada en la Carátula, a excepción de que el saldo haya sido revocado o retenido en relación con deudas, depósitos en garantía, bloqueo preventivo, notificación formal de bloqueo de la Cuenta por parte de las Instituciones Financieras o Autoridad y baja de cuenta.

En virtud de lo anterior, Pagando emitirá los respectivos fondos a favor del Cliente, y realizará los abonos correspondientes en la Cuenta del Cliente, para que pueda disponer de ellos, en los 3 segundos inmediatos posteriores a aquel que reciba los recursos respectivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la LRITF.

En virtud de lo anterior, una vez aceptada por Pagando una Solicitud del Cliente, el Cliente deberá transferir a Pagando la cantidad de dinero necesaria para poder cumplir con la ejecución de la orden de pago. El Cliente entregará los fondos a Pagando mediante la utilización: (i) de cualquiera de los medios disponibles a tal fin y autorizados a Pagando a través de la Plataforma de Pagando; o (ii) de los fondos disponibles en su Cuenta o siempre que hubiera un monto suficiente para cumplir con las Solicitudes, caso contrario no se procesará dicha operación. En caso de que los fondos entregados por el Cliente superen a la cantidad de dinero necesaria para poder cumplir con la instrucción de pago, Pagando reconocerá dicho excedente como dinero disponible en la cuenta de Pagando del Cliente. En caso de que los fondos entregados por el Cliente sean inferiores a la cantidad de dinero necesaria para el cumplimiento de la Solicitud de Servicio, Pagando no podrá cumplir con el Servicio, y los fondos entregados serán puestos a disposición del Cliente en su cuenta de Pagando como dinero electrónico.

Pagando realizará los esfuerzos razonables para asegurar el cumplimiento del plazo antes indicado. No obstante ello, el Cliente entiende que por determinados factores, en su mayoría externos a Pagando, se pueden originar retrasos, motivo por el cual el Cliente exime a Pagando de toda responsabilidad por los inconvenientes o perjuicios derivados.

Pagando ingresará en la Cuenta del Cliente el importe que efectivamente haya sido acreditado por el medio de pago utilizado, menos la comisión en caso de ser aplicable, ello independientemente del monto declarado por el Cliente en aquellos supuestos en que el medio de pago elegido permita realizar una declaración por un monto de dinero distinto al realmente ingresado.

En su Cuenta el Cliente solo puede recibir acreditaciones de fondos a través de las herramientas habilitadas en la Plataforma Pagando. Si Pagando considera que posiblemente un Cliente podría estar utilizando de manera irregular los mecanismos para agregar fondos, comprendiendo pero no limitando la publicación o impresión de la boleta de depósito para uso de Clientes no propietarios de la Cuenta, Pagando podrá bloquear la cuenta o denunciar lo anterior a la Autoridad, de conformidad a la señalado en el presente Contrato y la regulación aplicable.

Como excepción a lo previsto en la presente cláusula, Pagando podrá realizar la emisión de los respectivos fondos de pago electrónico en una fecha previa a la que se refiere dicho párrafo cuando: a) Reciba los recursos como resultado de servicios de adquirencia o agregación de pagos con medios de disposición, prestados por medio de una red de operaciones con tarjeta, en cuyo caso Pagando emitirá los referidos fondos de pago electrónico al momento en que reciba la autorización de pago tramitada por el emisor, y; reciba los recursos como consecuencia de la realización de Operaciones con Instituciones de Fondos de Pago Electrónico del Exterior, en cuyo caso Pagando emitirá los fondos de pago electrónico en el momento en que la institución de fondos de pago electrónico abone los recursos equivalentes que respalden dicha emisión.

Por su parte, Pagando permitirá al Cliente entregar los recursos para la emisión de fondos de pago electrónico, mediante Transferencias de Fondos.

Asimismo, Pagando podrá permitir al Cliente la entrega de los recursos a que se refiere la presente cláusula y las Disposiciones para la emisión de fondos de pago electrónico, mediante pagos con Tarjetas o recargables emitidas por Entidades Financieras o cheques.

En caso que Pagando cuente con la previa autorización de la CNBV de conformidad con el artículo 45 de la Ley, se podrán realizar los abonos en efectivo en moneda nacional a Cuentas de Fondos de Pago Electrónico referidos a dicha moneda. Pagando que, además de las Operaciones previstas en la Ley, presten otros servicios derivados de los cuales reciba recursos para abono a las Cuentas de sus Clientes derivados de Transferencias de Fondos provenientes de terceros o de operaciones con Tarjeta, únicamente podrán utilizar tales recursos para la emisión de fondos de pago electrónico, cuando dicho Cliente Beneficiario así lo solicite expresamente en el contrato respectivo o en algún momento posterior. En caso de que Pagando no reciba la referida solicitud, pondrá a disposición del Cliente respectivo la cantidad de dinero objeto de dicha Transferencia de Fondos u operación con Tarjeta, en moneda nacional o, en los casos a que se refieren las fracciones I, inciso b) y III de la 15 de las Disposiciones respecto de personas físicas, en Moneda Extranjera. En aquellos casos en que los citados abonos estén referidos a Moneda Extranjera, tales abonos deberán corresponder a su equivalente en moneda nacional o, cuando el Cliente cuente con una cuenta denominada en dicha Moneda Extranjera en alguna institución de banca múltiple, podrán ser depositados en esa cuenta.

DÉCIMA SEXTA. PRIVACIDAD. El Cliente acepta haber leído el Aviso de Privacidad que se encuentra en www.pagando.mx. La información recabada por Pagando es utilizada únicamente como se describe en el Aviso de Privacidad. Los datos proveídos serán tratados de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.

DÉCIMA SÉPTIMA. COMISIONES. El Cliente podrá transferir dinero los 365 días del año sin restricciones de horarios al utilizar los servicios de Pagando, por lo que, las Partes acuerdan que por los Servicios objeto del presente Contrato, Pagando cobrará al Cliente las Comisiones que se detallan en el anexo denominado “Comisiones” del presente Contrato, las cuales serán por un monto fijo y cuyo importe se indica en la Carátula del presente Contrato.

Algunas comisiones no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que a dichas comisiones se les agregara el IVA correspondiente en cada operación que realice el Cliente.

Cualquier incremento o cambio de comisiones será notificado con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en la que los cambios surtirán efecto y en caso de que el Cliente no esté de acuerdo, podrá dar por terminado el presente Contrato sin penalidad alguna o declaración judicial, salvo por la obligación del Cliente de cubrir los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que el Cliente solicito dar por terminado el servicio y/o el presente Contrato, lo anterior de conformidad a lo señalado en el artículo 7 de la Ley para la Transparencia.

DÉCIMA OCTAVA. REEMBOLSO DE CUOTAS. Pagando no reembolsará comisiones relacionadas a cargos no reconocidos; y solamente reembolsará comisiones para devoluciones totales y parciales a Tarjeta.

Pagando reembolsará al Cliente, cuando este así lo solicite, la cantidad de moneda nacional o, en su caso, el equivalente al valor de los fondos de pago electrónico emitidos de que dicho Cliente disponga en los registros respectivos, siempre y cuando tales fondos de pago electrónico no sean parte de una orden de pago en ejecución o terminada.

DÉCIMA NOVENA. ACLARACIONES Y DISPUTAS POR TRANSACCIONES. Las Partes convienen que de conformidad a lo señalado en el artículo 23 de la Ley para la Transparencia en caso que existieran dudas respecto al pago de comisiones o los movimientos en la Cuenta o en los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que se hubiere pactado para el uso de la Plataforma de Pagando, el Cliente tendrá el derecho a presentar una solicitud de aclaración o reclamación en la Plataforma de Pagando, o bien, en la UNE en los siguientes 90 (noventa) días naturales contados a partir de la realización del Servicio, el tiempo de respuesta máximo del dictamen de Pagando es de 45 (cuarenta y cinco) días naturales, en el caso de aclaraciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo de respuesta previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales.

Todas las aclaraciones deberán de enviarse con datos específicos acerca de la consulta, incluyendo mas no limitando; (a) fecha del movimiento, (b) monto del movimiento, (c) descripción detallada de la inconformidad, (d) petición, (e) id del cargo. Pagando se obliga a emitir informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el Cliente. En el evento de que conforme al dictamen que emita Pagando resulte procedente el cobro del monto respectivo, el Cliente deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios, en caso de ser aplicable y sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago o cargo de comisión.

Asimismo, Pagando dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contado a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el párrafo anterior, Pagando o la UNE pondrán a disposición del Cliente en su correo electrónico o en su Cuenta a través de la Plataforma de Pagando, el expediente generado con motivo de la solicitud.

Las Partes convienen que hasta en tanto la solicitud de aclaración de que se trate no quede resuelta de conformidad con el procedimiento señalado en la presente Cláusula, la institución no podrá reportar como vencidas las cantidades sujetas a dicha aclaración a las sociedades de información crediticia.

Para efecto de lo anterior, las Partes convienen que Pagando pondrá a disposición del Cliente los datos de la UNE para efectos de consultas, reclamaciones y aclaraciones, los cuales pueden ser consultados en www.pagando.mx, y para tales efectos son los siguientes:

Correo electrónico UNE: une@pagando.mx
Teléfonos: 800-461-0119
Contacto: Unidad Especializada de Pagando
Horarios de atención:
Lunes a Viernes de 9:00 a.m. - 9 p.m. Sábados de 9 a.m. - 6 p.m.

Las Partes convienen que en última instancia podrán acudir en términos amigables ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Clientes de Servicios Financieros.

Contacto: CONDUSEF
Teléfono: 800 999 8080 y 53400999.
Página de Internet. www.gob.mx/condusef

VIGÉSIMA. FORMA DE PAGO. El Cliente acepta y reconoce que todas las comisiones que debe pagar a Pagando serán retenidas al momento de la ejecución de la solicitud de servicio correspondiente. Por lo anterior, Pagando depositará en la Cuenta del Cliente el monto total menos la comisión correspondiente o dispondrá de los fondos de pago electrónicos correspondiente a la comisión aplicable.

Asimismo, Pagando se obliga frente al Cliente sea emisor y/o receptor a notificar las transferencias de fondos y las transferencias de fondos electrónicos, al momento de la ejecución de la orden de pago a través de la Plataforma de Pagando y/o a través del correo electrónico del Cliente.

VIGÉSIMA PRIMERA. FACTURACIÓN. Pagando creará un comprobante fiscal al mes por todas las comisiones cobradas de todos los movimientos que hayan ingresado a la Cuenta durante ese mes. El comprobante fiscal será generado y estará disponible en la plataforma durante los primeros 5 (cinco) días hábiles del mes siguiente. Los comprobantes fiscales serán emitidos únicamente en beneficio del Cliente cuyo nombre figure en el sistema de Pagando.

VIGÉSIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD. EL Cliente reconoce y acepta que las Autoridades, el Gobierno Federal y las Entidades de la Administración Pública Paraestatal no podrán responsabilizarse o garantizar los recursos que el Cliente utilice en las operaciones que celebren con Pagando o frente a otros, ni asumir alguna responsabilidad por las obligaciones contraídas con Pagando o con algún otro Cliente en las operaciones que celebre. Por lo que, Los recursos de los Clientes en las operaciones realizadas con Pagando no se encuentran garantizados por ninguna autoridad.

VIGÉSIMA TERCERA. RECEPCIÓN DE RECURSOS DEL EXTRANJERO Y DE EFECTIVO. El Cliente podrá depositar o retirar recursos en efectivo en su Cuenta por montos que no excedan del equivalente en moneda nacional a 10,000 UDI’s mensuales tratándose de recepción de depósitos en efectivo y cuando pretenda retirar recursos en efectivo, el monto será de hasta 1,500 UDI’s diarias siempre y cuando no sobrepase el limite establecido por el nivel de cuenta. Dichos depósitos o retiros el Cliente los podrá realizar en los comercios afiliados con Pagando, mismos que podrá consultar en el Sitio.

En el caso de envios o recepción de transferencias de recursos en moneda nacional o extranjera, hacia o desde cuentas de depósito abiertas en entidades financieras del exterior o en otras entidades en territorio extranjero facultadas para realizar operaciones similares a las de Pagando, el Cliente podrá realizar dichas transferencias hasta por un monto equivalente en moneda nacional a 1,700 UDI’s mensuales, esto cuando se trate de Cuentas nivel 2 de Pagando clasificadas como de bajo riesgo en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, y sólo se permitira sin limites de monto a aquellas Cuentas nivel 3 de Pagando a exepción de que dichas cuentas tengan establecidos limites por parte de Pagando que serán especificadas en el Contrato.

VIGÉSIMA CUARTA. AUTENTIFICACIÓN DE CLIENTES. El Cliente a través de la Plataforma de Pagando podrá crear, editar y suspender Clientes secundarios en la Cuenta para acceder a los Servicios. Cualquier actividad realizada por los Clientes en la Cuenta generará obligaciones entre el Cliente y Pagando, por lo que el Cliente será responsable de las actividades que estos realicen. La calidad de Cliente es intransferible e irrevocable.

VIGÉSIMA QUINTA. DECLINACIÓN DE TRANSACCIONES Y CARGOS. Pagando se reserva el derecho de declinar el procesamiento de una transacción al momento de recibir una instrucción para procesar una operación por las siguientes razones:

a) Pagos hechos con Tarjeta cuya vigencia se encuentre vencida o la misma sea inválida.
b) Cualquier otra transacción que se opere de manera irregular o contraria a los procedimientos de las políticas de las Instituciones Financieras, así como cualquier transacción contraria a la ley o que constituya un delito.
c) Cuando el sistema anti-fraude de Pagando determine que la transacción es sospechosa.

VIGÉSIMA SEXTA. TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA. Las operaciones en Moneda Extranjera se sujetarán a lo dispuesto en la LRITF, sus Disposiciones y a la Circular 12/2018. El Cliente reconoce que las operaciones que se lleven a cabo en Moneda Extranjera automáticamente serán procesadas hacia sus Cuentas en pesos al tipo de cambio señalado por el emisor de la Tarjeta o bien, por el proveedor del servicio de transmisión al momento de la operación correspondiente.

VIGÉSIMA SÉPTIMA. CIERRE DE CUENTA POR INACTIVIDAD. Las Partes convienen que si en el transcurso de tres años la Cuenta del Cliente no ha tenido movimiento por abonos, redención, transmisión o consulta de saldo, Pagando abonara cualquier saldo que tuviera la Cuenta en una cuenta global de Pagando. Por su parte, Pagando dará aviso por escrito de esta situación vía correo electrónico al Cliente con 90 (noventa) días de anticipación. Para efectos de lo anterior, Pagando considerará movimientos aquellos relacionados con el cobro de comisiones, y se apegará a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera.

VIGÉSIMA OCTAVA. RETIROS. Una vez acreditados los Fondos a la Cuenta del Cliente, el Cliente podrá optar por (i) disponer o retirar todo o parte del saldo disponible en su Cuenta; o (ii) mantener los Fondos para utilizarlos en otra transacción. El Cliente reconoce y acepta que el retiro de los fondos en la Cuenta quedará supeditado al previo pago de cualquier deuda, cualquiera fuera su causa, que el Cliente mantuviere con Pagando.

VIGÉSIMA NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE. El Cliente acepta que Pagando no controla las actividades que el Cliente lleven a cabo. Por lo anterior, el Cliente se obliga a liberar a Pagando de cualquier responsabilidad por las moras, incumplimientos, fallas, faltas, daños, perjuicios y cualquier otro menoscabo que éste tenga por causas ajenas a Pagando. El Cliente mantendrá a Pagando a salvo de cualquier demanda o reclamo de terceros que realicen pagos en su nombre.

TRIGÉSIMA. RECONOCIMIENTO DE DEUDA. El Cliente reconoce y acepta que cualquier saldo negativo en el saldo de su Cuenta generado por contra cargos y/o devoluciones será considerado deuda y tendrá la obligación de saldarlo a Pagando. El Cliente acepta que incluso después de la terminación de contrato y/o suspensión de cuenta será responsable de saldar cualquier obligación que subsista por deuda generada por contra cargos que se reciban hasta por 365 (trescientos sesenta y cinco) días posteriores a la fecha de terminación de contrato y/o suspensión de cuenta.

Una vez cerrada la cuenta Pagando realizará lo siguiente: (i) se abstendrá de cobrar al Cliente Comisión o penalización por la terminación del contrato; (ii) se abstendrá de solicitar al Cliente a que informe o justifique los motivos de la terminación del contrato; (iii) cancelara, sin su responsabilidad, el cobro de algún producto o servicio asociado, en la fecha de la solicitud de terminación, y; (iv) se abstendrá de condicionar la terminación del Contrato a cualquier otro acto no previsto en el contrato o a la entrega del mismo.

Asimismo, Pagando deberá: (i) Entregar al Cliente la información relativa a los saldos de la cuenta de fondos de pago electrónico en el momento en que estos hayan presentado la solicitud correspondiente; (ii) en su caso, entregar el saldo a favor, por el medio pactado, en la fecha en que se dé por terminada la operación; (iii) Cancelar los Medios de Disposición vinculados a la Cuenta de fondos de pago electrónico, en caso de ser tarjetas plásticas, en la fecha de presentación de la solicitud. Por su parte, El Cliente deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidos o que no cuenta con ellos, por lo que no podrá hacer disposición alguna con dichos medios a partir de esa fecha; (iv) Rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados con fecha previa, pero no reflejados, y (v) cancelar, sin su responsabilidad, el cobro de algún producto o servicio asociado, así como de los servicios de domiciliación en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes.

TRIGÉSIMA PRIMERA. CARGOS NO RECONOCIDOS. Cualquier desconocimiento de cargos no reconocidos por el Cliente, será abonado por Pagando a más tardar el Segundo Día Hábil Bancario posterior en que se haya recibido el aviso del Cliente, siempre y cuando dicho aviso haya sido recibido durante un periodo de noventa días posteriores a la fecha en que se realizó el cargo objeto de la reclamación. Pagando no estará obligada a realizar el abono al que se refiere la disposición 18ª de la Circular 12/2018 cuando Pagando compruebe al Cliente que, en la Operación que haya ocasionado el cargo no reconocido por este último, se utilizaron, al momento de realizar la Operación, dos de los elementos independientes a que se refieren las disposiciones aplicables para autenticar las operaciones como autorizadas por el Cliente, o bien, se haya utilizado solo uno de dichos elementos al momento de realizar la Operación y otro de dichos elementos al momento de entregar el bien o servicio adquirido en virtud de dicha Operación.

TRIGÉSIMA SEGUNDA. REPORTE AL BURÓ DE CRÉDITO. En caso de agotarse todas las instancias para recuperar la deuda y transcurrido el plazo de 180 (ciento ochenta) días de la creación de la deuda, Pagando reportará al Cliente ante el Buró de Crédito, Círculo de Crédito y cualquier otra lista o base de datos que mida, publique o difunda el desempeño, credibilidad y trayectoria financiera de las Personas. Pagando notificará con 15 (quince) días hábiles de anticipación a el Cliente de darse dicho supuesto vía correo electrónico.

TRIGÉSIMA TERCERA. BLOQUEO DE SALDO. En el caso de que la cuenta del Cliente sea bloqueada por cualquiera de las causas señaladas en el presente Contrato, cualquier saldo será retenido hasta que la cuenta sea reactivada; el Cliente reconoce y acepta que dicho bloqueo no es una captación de recursos y una vez que la cuenta sea desbloqueada trasladaremos inmediatamente las cantidades que correspondan a la cuenta de el Cliente.

TRIGÉSIMA CUARTA. TECNOLOGÍA. El Cliente acepta y se obliga a no reproducir, modificar, copiar o redistribuir cualquier parte de los Servicios de Pagando incluyendo, pero no limitando a los códigos, plugins, librerías, ni contenidos. El único uso que el Cliente podrá dar al Software es para utilizar los Servicios en la Plataforma de Pagando. Queda estrictamente prohibido borrar, reemplazar o eludir cualquier etiquetado de Propiedad Intelectual o Industrial, incluyendo, pero no limitando a las leyendas que especifiquen que la tecnología es propiedad de Pagando, los logotipos, marcas, signos distintivos, etc. El Cliente reconoce y acepta que las autorizaciones conferidas en el presente Contrato son únicamente para uso de los Servicios de la Plataforma de Pagando, por lo que cualquier modificación, renta, cesión, copia o reproducción será un incumplimiento al Contrato y deberá indemnizar a Pagando por el daño ocasionado.

Para tales efectos, Pagando le otorga al Cliente una licencia temporal, no exclusiva, gratuita y no transmisible de uso de la Plataforma de Pagando, de las mejoras de Plataforma de Pagando, del Software o del Servicio, de haberlas, así como de cualquier otro servicio que Pagando ofrezca con posterioridad a sus Clientes y que sea necesario o conveniente para la utilización de Plataforma de Pagando. Derivado de lo anterior, el Cliente no podrá (i) utilizar la Plataforma de Pagando, la página de internet, el Software o el Servicio para fines distintos a los descritos en los términos y condiciones de Pagando; (ii) permitir a cualquier tercero el uso del Plataforma de Pagando, excepto en el caso de personas morales sus operadores propios del Cliente; (iii) modificar los teléfonos móviles con los cuales utilice la Plataforma de Pagando; y (iv) realizar trabajos de ingeniería de reversa sobre la Plataforma de Pagando, la página de internet, el Software o el Servicio.

TRIGÉSIMA QUINTA. PROPIEDAD INTELECTUAL. El Cliente acepta que todos los Servicios prestados, la página de internet, el Software y demás contenidos son propiedad de Pagando, manifestando este último que es único titular de los mismos y que no contraviene derechos de terceros, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a Pagando de cualquier reclamación, denuncia, acción, demanda, entre otros que un tercero efectúe en contra de este último derivado de lo anterior; El Cliente acepta respetar los derechos de Propiedad Intelectual de Pagando. El Cliente se abstendrá de dar un fin distinto a los autorizados por el Contrato a las imágenes, textos, códigos, bases de datos o cualquier otro Contenido que pueda considerarse propiedad intelectual o industrial. Por su parte, el Cliente, reconoce y acepta que nada de lo establecido en este Contrato le confiere, ningún tipo de licencia de uso, titularidad sobre los derechos, títulos o intereses de propiedad intelectual o industrial de Pagando, por lo que, el Cliente se obliga al pago de los daños y perjuicios que lo anterior le cause a Pagando, sin perjuicio de las sanciones a las que pudiera ser acreedor de conformidad a la Ley de Propiedad Industrial.

TRIGÉSIMA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD. Las Partes convienen en que toda la información que éstas se transmitan o generen con motivo de la celebración del presente Contrato, así como las estrategias relacionadas con el mismo, serán manejadas como información confidencial sin importar el medio a través del cual sea revelada, por lo que constituyen secretos industriales para las partes en lo sucesivo “Información Confidencial”.

La Información Confidencial que las partes se proporcionen, únicamente podrá ser utilizada para los fines especificados en este Contrato, por lo que no podrán en ningún tiempo, directa o indirectamente, ni a través de terceros y en ninguna forma, proporcionar, transferir, publicar, reproducir o hacer de conocimiento de terceros dicha Información Confidencial; en caso contrario, la parte que incumpla con esta obligación estará sujeta a las sanciones que la legislación mexicana prevé, así como pagar los daños y perjuicios que ocasione, reservándose la parte agraviada, en todo momento, la facultad de rescindir el presente Contrato.

Las partes podrán proporcionar la Información Confidencial únicamente a las personas que previamente se establezcan como autorizadas para recibir la información relacionada con el objeto de este Contrato, siempre que éstas tengan la necesidad de conocer dicha información para proceder a realizar los fines especificados en el presente Contrato; por tal motivo cada parte dará instrucciones a su propio personal, en relación con la confidencialidad que deben guardar respecto de la Información Confidencial y sobre las penalidades a las cuales estarán sujetos en caso de incumplimiento.

Cada una de las partes se obliga a devolver la Información Confidencial en un término de cinco (5) días naturales contados a partir de la fecha en que ocurra cualquiera de los siguientes eventos:

 A partir de la fecha en que la otra parte se lo solicite.
 A partir de la fecha de terminación, rescisión o resolución del presente Contrato.
 A partir de la fecha de terminación de la relación de negocios entre las partes, por cualquier causa.

Por lo anterior, ninguna de las partes podrá retener o conservar indebidamente la Información Confidencial que le haya sido proporcionada conforme al presente Contrato y no podrá divulgar dicha Información Confidencial, por un período de 2 (dos) años contados a partir de la fecha de terminación, rescisión o resolución del presente Contrato.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA. USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS. Pagando a través de su Plataforma o vía correo electrónico proporcionará al Cliente de manera gratuita información sobre posibles riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude en los Servicios y de servicios financieros, tales como el envío de notificaciones de operaciones inusuales vía telefónica, mensajes de texto o SMS o correo electrónico, entre otros.

Asimismo, el Cliente se obliga a no hacer uso indebido de los Servicios, entendiendo como uso indebido a aquel que es contrario a la legislación y regulación vigente, así como a las buenas costumbres. De manera enunciativa pero no limitativa, las Partes convienen que constituyen usos indebidos: prácticas desleales, publicidad engañosa, usura y/o afectación en sus derechos informáticos mediante el envío de spam (mensaje electrónico masivo no deseado), virus, el Bypass (circuito que actúa como válvula modificando el flujo normal de datos hacia una ruta alternativa), la alteración de números telefónicos, direcciones IP o de la información relativa a los mismos actividades de phishing (una técnica de ingeniería social utilizada para obtener información confidencial como nombres de Cliente, contraseñas y detalles de tarjetas), gusanos, caballos de troya, ataques cibernéticos o cualquier otro sistema de información o material destructivo, material que pueda interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier computadora, software (programa de cómputo), hardware (Conjunto de los componentes que integran la parte material de una computadora), dispositivo móvil, aparato o sistema de telecomunicaciones existente o por existir, fraudes, acoso, extorsión o amenaza, violaciones a derechos de autor de propiedad industrial y/o intelectual, conductas relacionadas con pornografía infantil o trata de personas, etc. Queda estrictamente prohibido utilizar los Servicios para cualquier fin ilícito, fraudulento o para cualquier actividad de dudosa procedencia que pudiera llevar a los Clientes de el Cliente, a Pagando o a cualquier Persona a perder recursos económicos.

Las Partes convienen que Pagando podrá editar o remover contenidos que constituyan un uso indebido de los Servicios, así como proveer a las autoridades ministeriales o judiciales competentes la información sobre los Servicios, el Cliente y/o el presente Contrato que le requieran por escrito a Pagando.

En virtud de lo anterior, Las Partes se obligan a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la parte afectada, sus filiales, subsidiarias y/o cualquier otra sociedad integrante del grupo o que se llegare a constituir, sus ejecutivos, agentes, empleados, directores o subcontratistas, socios, en sus bienes o en sus personas de cualquier reclamación ante la Procuraduría Federal del Consumidor o cualquier autoridad, que se derive del incumplimiento referido en la presente cláusula o a lo contenido en el presente Contrato.

TRIGÉSIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. Pagando podrá modificar en cualquier momento los términos y condiciones del presente Contrato, previo aviso con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda realizar dichas modificaciones. Pagando notificará los cambios al Cliente a través de la Plataforma de Pagando, o en caso de aplicación móvil lo hará vía correo electrónico. Por su parte, el Cliente en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones podrá solicitar a través de la Plataforma de Pagando o vía correo, según sea el caso, la terminación del presente Contrato, dentro de los treinta días posteriores al aviso de modificación sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones pactadas en el presente Contrato, debiendo cubrir, en su caso, los adeudos que se generen hasta el término de la operación o el Servicio, sin que Pagando pueda cobrarle penalización alguna por dicha terminación, lo señalado en la presente cláusula se realizará con apego a lo dispuesto en el artículo 24 de las Disposiciones de la CONDUSEF.

TRIGÉSIMA NOVENA. SERVICIOS ADICIONALES. El Cliente podrá contratar servicios adicionales a Pagando, y podrá expresar o manifestar su consentimiento a través de la aceptación de la caratula correspondiente por medios electrónicos, donde se señalará los servicios que desea utilizar. Dicha caratula contendrá los términos y condiciones del servicio solicitado por el cliente.

Los servicios que sean adicionado por el Cliente al presente Contrato podrán ser cancelados por el Cliente en cualquier momento durante la vigencia del presente Contrato.

CUADRAGÉSIMA. MEDIOS ELECTRÓNICOS. El Cliente reconoce y acepta que la firma del presente Contrato, Caratulas y/o anexos correspondientes mediante el uso de la firma electrónica avanzada o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que Pagando ponga a disposición del Cliente para su autenticación, contratación y realizar operaciones, constituirán medios validos de conformidad a lo señalado en el artículo 56 de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera y demás legislación aplicable, por lo que la firma o aceptación del presente Contrato, Caratulas y/o anexos correspondientes parte del Cliente producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y en consecuencia, tendrán la misma validez y fuerza legal que aquellos con firma autógrafa.

CUADRAGÉSIMA PRIMERA. CARÁTULA. Las Carátulas correspondiente al presente Contrato, así como los anexos que se generen por cada Servicio de depósito de dinero a la Cuenta del Cliente durante la vigencia del presente Contrato, independientemente del archivo que corresponda conforme a las normas, lineamientos y manuales de Pagando, formarán parte integral del presente Contrato.

Las Partes convienen que el Cliente al realizar solicitudes de alta o de contratación del servicio de domiciliación, su cancelación o para notificar cargos no reconocidos con relación a los Servicios, usará las herramientas dispuestas en la Plataforma de Pagando para el llenado de sus solicitudes, misma que serán consideradas como Carátulas, y formarán parte íntegra del presente Contrato. Cada Carátula deberá reunir los requisitos previstos en el artículo 7 de las Disposiciones de Carácter General de La CONDUSEF en materia de Transparencia y Sanas Prácticas aplicables a las Instituciones De Tecnología Financiera.

CUADRAGÉSIMA SEGUNDA. ANEXOS. Forman parte integral e inseparable del presente Contrato, los siguientes documentos, los cuales se podrán consultar en la página de internet mediante el enlace abajo provisto o accediendo directamente a las páginas correspondientes:

Enlace:
www.pagando.mx

Documentos:
*Aviso de Privacidad.
*Términos y Condiciones de Pagando.
*Las Carátula de Cuentas de Fondos de Pago Electrónicos.

CUADRAGÉSIMA TERCERA. QUEJAS DEL SERVICIO. Pagando se responsabiliza a atender todas las quejas, inconformidades sobre fallas en los Servicios de la Plataforma de Pagando, deberán realizarse al correo electrónico soporte@pagando.mx, y/o en los teléfonos que se encuentran en www.pagando.mx. Las quejas tendrán una resolución en un período no superior a 5 (cinco) días hábiles.

Las Partes convienen que ante casos fortuitos como desastres naturales, fallas en servicios de telecomunicaciones de proveedores, accidentes como incendios, la prestación de Servicios o el pago de la contraprestación podrá demorar más de lo normal, por lo que ante dicha circunstancia no podrá alegar un incumplimiento por parte alguna de las Partes.

CUADRAGÉSIMA CUARTA. IMPUESTOS. El Cliente reconoce y acepta que a partir de la fecha de activación de la Cuenta, Pagando cobrará todos los impuestos obligatorios al momento de que se realice una transacción. Para tal efecto, se cobrará el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para cualquier transacción realizada dentro de los Estados Unidos Mexicanos.

CUADRAGÉSIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. Todo aviso, solicitud, requerimiento, instrucción, consentimiento u otro tipo de comunicación dado o enviado será enviada a través de la Plataforma de Pagando o al correo electrónico del Cliente por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación. Cualquier aviso que el Cliente desee efectuar a Pagando deberá de ser realizado a través de la Plataforma o vía correo electrónico a soporte@pagando.mx, o al domicilio Avenida del Charro 215, interior 5ª, Ciudad Juárez, Chihuahua, 32349, México. El Cliente fija como domicilio legal y correo electrónico para recibir y escuchar todo tipo de notificaciones el siguiente:

Correo electrónico:
Domicilio:

Las notificaciones realizadas en el domicilio o al correo electrónico de las Partes serán efectivas al momento de su entrega, en el caso de forma personal será con acuse de recibo o correo certificado, las notificaciones digitales surtirán efectos al momento en que se publiquen en la Plataforma de Pagando o esta sea enviada al correo electrónico de los Clientes.

CUADRAGÉSIMA SEXTA. ORIGEN DE LOS RECURSOS. Cliente manifiesta que el origen y la procedencia de los recursos que deposite en su cuenta asignada cuenta procedan siempre y en todo momento de fuentes lícitas de su propiedad y en caso de ser o transferirse a terceros, presentar la documentación que sea requerida para tal efecto por Pagando.

Asimismo, el Cliente acepta que Pagando podrá compartir información con las Autoridades o con entes jurídicos internacionales que se encuentren investigando alguna circunstancia ilícita del Cliente u otros Clientes de la Plataforma de Pagando. Las Partes reconocen la necesidad de observar la legislación aplicable en materia de PLD/FT, sobre la prevención contra el fraude financiero y el lavado de fondos monetarios obtenidos por vía ilegal y están ligados por los compromisos asumidos en el presente Contrato y demás legislación aplicable.

CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA. CESIÓN. Las Partes no podrán ceder total o parcialmente sus derechos, obligaciones o intereses establecidos en los términos y condiciones sin consentimiento previo, salvo que se trate de cualquiera de sus afiliados, empresa matriz y/o subsidiarias, bastando que dé previo aviso a Pagando y está realicé el proceso de alta e identificación correspondiente.

CUADRAGÉSIMA OCTAVA. INFORMACIÓN DEL CLIENTE. El Cliente a través de la firma del presente Contrato otorga en este acto su consentimiento para que Pagando pueda utilizar la información proporcionada con fines mercadotécnicos, publicitarios o para recibir publicidad. El presente consentimiento puede ser revocada por el Cliente en cualquier momento, atendiendo lo establecido en el Aviso de Privacidad o cuando Cliente se inscriba en el REUS de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Clientes de Servicios Financieros a través de la página de internet de la CONDUSEF https://www.gob.mx/condusef.

CUADRAGÉSIMA NOVENA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Cliente estarán facultado para solicitar, a través de la Plataforma de Pagando o de los medios digitales previamente pactados, la terminación anticipada del presente Contrato, en cualquier momento.

Pagando una vez que reciba la solicitud de terminación deberá proporcionar al Cliente a través de la Plataforma de Pagando o por medios digitales, un número de referencia de dicha solicitud, así como la fecha y hora en que esta se recibió. Dicha información se entregará en el momento en que el Cliente haya presentado la solicitud de terminación, o bien, a más tardar al cierre del día hábil bancario en el que hayan presentado la solicitud. Además, Pagando se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Cliente que formule la solicitud de terminación respectiva a través de los medios de autentificación correspondientes.

Una vez cerrada la cuenta Pagando realizará lo siguiente: (i) se abstendrá de cobrar al Cliente Comisión o penalización por la terminación del contrato; (ii) se abstendrá de solicitar al Cliente a que informe o justifique los motivos de la terminación del contrato; (iii) cancelara, sin su responsabilidad, el cobro de algún producto o servicio asociado, en la fecha de la solicitud de terminación, y; (iv) se abstendrá de condicionar la terminación del Contrato a cualquier otro acto no previsto en el contrato o a la entrega del mismo.

Asimismo, Pagando deberá: (i) Entregar al Cliente la información relativa a los saldos de la cuenta de fondos de pago electrónico en el momento en que estos hayan presentado la solicitud correspondiente; (ii) en su caso, entregar el saldo a favor, por el medio pactado, en la fecha en que se dé por terminada la operación; (iii) Cancelar los Medios de Disposición vinculados a la Cuenta de fondos de pago electrónico, en caso de ser tarjetas plásticas, en la fecha de presentación de la solicitud. Por su parte, El Cliente deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidos o que no cuenta con ellos, por lo que no podrá hacer disposición alguna con dichos medios a partir de esa fecha; (iv) Rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados con fecha previa, pero no reflejados, y (v) cancelar, sin su responsabilidad, el cobro de algún producto o servicio asociado, así como de los servicios de domiciliación en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes.

Por su parte, en caso de incumplimiento del Cliente a los términos y condiciones del presente Contrato Pagando podrá dar por terminado este contrato, mediante aviso a través de la Plataforma de Pagando o por los medios digitales señalado por el Cliente, atendiendo a lo señalado en la presente Cláusula.

En caso de que en la terminación de este contrato se encuentren saldos o documentos en alguno o algunos de los contratos que se contienen en este Contrato, Pagando tendrá la facultad de liquidarlos poniendo a disposición del Cliente a través de su correo electrónico o mediante los medios digitales señalados.

QUINCUAGÉSIMA. BENEFICIARIOS. El Cliente en caso de ser persona física, autoriza expresamente a Pagando para que esté contacte a sus sucesores en caso de defunción para que los Fondos de la Cuenta sean puestos a su disposición, para efectos de lo anterior, el Cliente designa como beneficiarios a las personas que señala en el Anexo de Beneficiaros que se adjunta al presente Contrato, mismas que podrán ser sustituidas a través de la Plataforma de Pagando.

QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. ACTIVACIÓN Y USO DE LA TARJETA. El Cliente podrá solicitar a través de la Plataforma Pagando la Tarjeta Pagando como medio de disposición de la Cuenta, misma que Pagando emite y posteriormente será entregada en el domicilio manifestado por el Cliente en el presente Contrato.

El uso que se haga de la Tarjeta Pagando estará sujeto a las siguientes condiciones, toda vez que la misma se entrega desactivada, por lo que previo a utilizar la Tarjeta Pagando por primera vez, deberá activarse. Una vez activada podrá utilizarse conforme a lo establecido en el presente Contrato. Para activar la Tarjeta Pagando, el Cliente deberá realizar la activación mediante la Plataforma Pagando.

La Tarjeta Pagando tendrá saldo disponible hasta el momento en que sea activada, siempre y cuando la Cuenta tenga recursos o bien , que se realice el abono de recursos mediante Transferencia o Transferencia de Fondos de Pago Electrónico, por lo que el Cliente acepta que los recursos recibidos serán para la emisión de Fondos de Pago Electrónico.

El Cliente se obliga a los siguientes usos de la Tarjeta Pagando:

i. La Tarjeta Pagando es para uso personal, y es intransferible. El Cliente deberá mantener la Tarjeta que le sea proporcionada, bajo su resguardo, y estampar su firma al reverso de la Tarjeta al momento de recibirla.
ii. El saldo será proporcional a los abonos que se realicen mediante las Transferencias.
iii. Podrá consultar su saldo en cualquier momento a través de la Plataforma Pagando.
iv. Cualquier información que le sea solicitada al Cliente en relación con el uso de la Tarjeta, deberá ser veraz, precisa y actualizada.
v. El Cliente no podrá exceder el saldo de Fondos de Pago Electrónico disponible en su Tarjeta. Si su Tarjeta no tiene fondos suficientes, las transacciones serán declinadas.
vi. Al proporcionar su Tarjeta Pagando en los establecimientos afiliados para efectuar pagos con la misma, al deslizarla o al firmar un ticket o recibo, el Cliente aceptará la transacción o compra que haya hecho.
vii. En caso de robo, extravío o uso no autorizado, se obliga a comunicar dicha situación, de forma inmediata y sujetarse a lo señalado en el presente Contrato.
viii. Salvo en los casos en que una solicitud de aclaración resulte procedente, el Cliente será enteramente responsable del uso que se haga de la Tarjeta Pagando, debiendo asumir las transacciones que se lleven a cabo con ella.
ix. Queda prohibido utilizar o permitir el uso de la Tarjeta Pagando con fines fraudulentos, con el fin de causar un perjuicio a un tercero o de cualquier otra forma contraria a la legislación aplicable, al orden público, la moral y las buenas costumbres y/o a los Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma.

El uso y disponibilidad de la tarjeta Pagando estará sujeta al pago de las comisiones correspondientes, por lo que, en caso de que el Cliente no pague dicha suscripción mensual, Pagando podrá suspender el uso de la tarjeta Pagando como medio de disposición hasta en tanto el Cliente no liquide el adeudo por la o las comisiones pendientes de pago, una vez liquidado el adeudo por parte del Cliente, Pagando reactivará la Tarjeta Pagando o asignara una nueva para su uso.

QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. ROBO, EXTRAVÍO O USO NO AUTORIZADO DE LA TARJETA. En caso de que el Cliente extravíe o sea objeto del robo del medio de disposición de la Cuenta, es decir, de la Tarjeta Pagando, el Cliente deberá avisar a Pagando en cualquier día natural a través de; (i) el correo electrónico soporte@pagando.mx; (ii) o bien, llamar al número de atención a clientes señalado en el Sitio; o (iii) mediante la Plataforma Pagando, respecto del robo o extravío de la Tarjeta correspondiente, o (iv) realizar las reclamaciones por cargos a dichas Cuentas que no reconozcan como propios.

Por su parte, Pagando le proporcionará al Cliente por correo electrónico o por la Plataforma Pagando un acuse de recibo y un folio que indique el número progresivo de atención a su solicitud, indicando la fecha y hora de la solicitud. Esta información se dará a conocer al Cliente al momento de la solicitud o a más tardar el día hábil siguiente a la solicitud.

Al respecto, Pagando no responderá respecto de los cargos no reconocidos en la Cuenta o en la Tarjeta Pagando anteriores al aviso de robo o extravío del medio de disposición referido, mientras que el Cliente no será responsable desde el momento en que realice el aviso. En todo caso, Pagando tendrá el derecho de exigir el pago de los cargos realizados y autorizados previamente por el Cliente.

Sin perjuicio de lo anterior, Pagando abaonará a más tardar el segundo día hábil bancario contado a partir del día en que el Cliente haya presentado el aviso correspondiente a robo o extravío de la Tarjeta Pagando, el monto equivalente a los cargos reclamados, siempre que se cumplan con los siguientes supuestos:

i. Pagando no compruebe, mediante el dictamen con lenguaje claro y sencillo respecto de los factores de autenticación utilizados en las operaciones reclamadas así como la hora de la operación y el nombre del receptor de pagos en donde se originó la operación, que los cargos reclamados derivan de operaciones en las que, para su realización, requieran al Cliente utilizar, al menos, dos elementos independientes para autenticar las operaciones como autorizadas por el mismo. este supuesto no es aplicable en caso de cargos que hubieren sido producto de una falla operativa imputable a Pagando que reciba el aviso correspondiente o, tratándose de cargos realizados hacia otra Institución de Tecnología Financiera o Entidad Financiera, a la institución de fondos de pago electrónico o Entidad Financiera adquirente. Los factores de autenticación referidos deberán ser cualquiera de los siguientes:

• Información que Pagando proporciona al Cliente o permite a éste generar, a efecto de que solamente él la conozca, para que la pueda ingresar al sistema autorizado por dicha institución para iniciar la operación de que se trate, tales como contraseña o número de identificación personal.
• Información contenida, recibida o generada por medios o dispositivos electrónicos que solo posee el Cliente, incluyendo la almacenada en un circuito integrado o chip que sea procesada conforme a los estándares que el Banco de México determine en la regulación correspondiente, así como la obtenida por dispositivos generadores de contraseñas dinámicas que Pagando proporcione al Cliente. Lo anterior, siempre y cuando dicha información sea generada con propiedades que impidan su duplicación o alteración y que sea información dinámica que no pueda ser utilizada en más de una ocasión.
• Información derivada de características propias del Cliente, como aquellas de carácter biométrico, incluyendo huellas dactilares, geometría de la mano o de la cara, patrones en iris o retina, entre otros.
• Cualquier otro elemento distinto a los previstos en los puntos anteriores que quede determinado en las disposiciones de carácter general que emitan conjuntamente el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de conformidad con el artículo 56, segundo párrafo, de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

ii. Sea respecto de avisos de robo o extravío, y dichos cargos no sean reconocidos por el Cliente y correspondan a operaciones que se hayan realizado durante las cuarenta y ocho horas previas al aviso y que no se hayan autenticado utilizando los dos factores de autenticación.

iii. En caso de reclamaciones por cargos no reconocidos, el aviso se realice dentro de los noventa Días Hábiles Bancarios posteriores a la fecha en que se hubiere realizado el cargo no reconocido.

En caso de que resulte procedente la devolución de los recursos al Cliente respectivo por cargos reclamados que se hubieren efectuado hacia otra Institución de Tecnología Financiera o Entidad Financiera, el adquirente que tramitó el cargo no reconocido, tendrá la obligación de resarcir a la institución emisora los recursos monetarios vinculados con dicho cargo en un plazo que no podrá exceder de dos Días Hábiles bancarios contados a partir de que reciba la notificación correspondiente por parte de la institución emisora, en caso de que la institución emisora haya requerido la utilización de factores de autenticación conforme a lo establecido en el primer numeral de este apartado, pero la institución de fondos de pago electrónico adquirente no haya proporcionado a la institución emisora los elementos suficientes para validar la autenticidad de dichos factores. La Institución de Tecnología Financiera o Entidad Financiera adquirente únicamente podrá repercutir los recursos mencionados en el presente párrafo al comercio, en los casos en los que le haya proporcionado a éste los elementos necesarios para solicitar factores de autenticación conforme a lo establecido en el primer numeral de este apartado y haya pactado con el comercio que éste asumirá los costos por cargos no reconocidos en los que haya decidido no solicitar factores de autenticación, asimismo, en ningún caso la institución de fondos de pago electrónico adquirente podrá obligar al comercio a utilizar los factores de autenticación mencionados anteriormente.

El abono a que se refiere el párrafo anterior no resultará aplicable cuando la institución emisora, dentro del plazo mencionado, compruebe al Cliente que los cargos reclamados corresponden a operaciones con la Tarjeta Pagando fueron realizadas de acuerdo con los factores de autenticación indicados en este apartado, a menos de que exista evidencia de que el cargo fue producto de una falla operativa imputable a la institución emisora o a la institución de fondos de pago electrónico adquirente, como sería el caso de un cargo duplicado.

En caso de que Pagando compruebe que en la operación reclamada fueron utilizados al menos dos factores de autenticación en términos del presente apartado, siempre que sea anterior dentro de un plazo posterior a los dos Días Hábiles Bancarios mencionados, Pagando podrá revertir el abono que hubiere realizado a la Cuenta.

Para efectos de lo anterior, Pagando pondrá a disposición del Cliente, a través del correo electrónico registrado en la Plataforma Pagando, dentro de un plazo de cuarenta y cinco Días Hábiles Bancarios contados a partir de la fecha en la que haya recibido el aviso de robo o extravío de la Tarjeta Pagando, un dictamen en lenguaje simple y claro, suscrito Pagando que contenga, por lo menos, la información siguiente:

• Evidencia de los elementos de autenticación utilizados, así como la explicación, en lenguaje simple y claro, de los mismos y la forma en que la verificación de estos se realizó de acuerdo con los procedimientos aplicables a dichos factores de autenticación.
• Hora en la que se realizó la Operación.
• Nombre del receptor de pagos en donde se originó la Operación.
• En caso de contar con ella, la dirección física en la que se encuentra el dispositivo en el que se realizó la Operación o, en su caso, dirección del protocolo de internet (IP, por sus siglas en inglés) a través de la cual dicho dispositivo haya estado conectado a internet.

QUINCUAGÉSIMA TERCERA. CUENTAS COLABORADOR. Las Partes convienen que el Cliente podrá a disposición de sus Colaboradores Cuentas Colaborador para disponer de los fondos de pago electrónico de la cuenta del Cliente a través de las Cuentas de Colaborador y los medios de disposición asociados que Pagando emita a aquellos Colaboradores autorizados por el Cliente conforme a lo dispuesto en el Anexo denominado Autorización de Cuentas de Colaboradores.

Las Partes convienen que los Colaboradores en ningún caso podrán ser obligados solidarios, ni subsidiarios del Cliente, por lo que, el Cliente será el único responsable frente a Pagando por las transacciones que realicen sus Colaboradores mediante el uso de los medios de disposición asociados a cada Cuenta Colaborador que se encuentre ligadas a la Cuenta Centralizadora del Cliente.

En virtud de lo aquí dispuesto, el simple uso de las Cuentas de Colaborador constituye el consentimiento pleno del Cliente hacía los Colaboradores a lo estipulado en este Contrato. El otorgamiento de las Cuentas de Colaboradores no significa la celebración de una nueva relación contractual, por lo que las Cuentas Colaborador se rigen bajo los términos y condiciones del presente Contrato. Las Partes convienen que es obligación del Cliente recabar directamente de los Colaboradores, la firma acta de entrega y recepción de cuenta adjunta al Anexo de Autorización de Cuentas de Colaboradores, así como los documentos de identificación que a estos correspondan y deberá mantener dichos documentos a disposición de Pagando para su consulta y, en su caso, presentarlos a las autoridades en caso de que estos fueran requeridos.

Asimismo, las Partes convienen que, en caso de baja de cualquier Colaborador, el Cliente se obliga a firmar el formado de solicitud de cancelación de Cuenta Colaborador adjunta al Anexo denominado Autorización de Cuentas de Colaboradores.

QUINCUAGÉSIMA CUARTA. LEYES APLICABLES Y JURISDICCIÓN. Las Partes acuerdan que este contrato se interpretará y ejecutará de conformidad a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, tomando en consideración, el Código de Comercio, la Ley de Protección y Defensa al Cliente de Servicios Financieros, Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Los Servicios Financieros, PLD/FT, y la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como todas las disposiciones legales conducentes y las reglas que determinen, con carácter de generales, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y ante cualquier controversia, acuerdan sujetarse a los Tribunales de la Ciudad de México renunciando a cualquier otra jurisdicción que les corresponda en razón de sus domicilios presentes o futuros.

El Cliente recibe un tanto digital del presente contrato, acompañado todos sus anexos. La caratula anexa, forma parte integrante del mismo. Debidamente enteradas las Partes del contenido, fuerza y alcances legales del presente Contrato, lo firman en la Ciudad de México, el día de del por duplicado quedando 1 (un) ejemplar en poder de cada una de ellas.

Contrato Firmas

ANEXO-BENEFICIARIOS

Contrato Beneficiarios

ANEXO “COMISIONES”

De conformidad a lo señalado en la cláusula décima séptima del Contrato, el Cliente se obliga al pago de Comisiones bajo los siguientes conceptos y en los montos indicados a continuación:

ANEXO “AUTORIZACIÓN DE CUENTAS DE COLABORADORES”

XC Networks, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico





De conformidad a lo señalado en la cláusula quincuagésima tercera del Contrato, el Cliente en este acto autoriza la emisión de una cuenta de colaborador asociada a la Cuenta número ____________, para disponer de los fondos de pago electrónico de dicha cuenta en favor del siguiente colaborador:

Nombre:
CURP:
Domicilio:
N.º Cuenta colaborador:


Atentamente,
“EL CLIENTE”
__________________________
(Nombre y firma del titular de la Cuenta)

ACTA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE CUENTA

XC Networks, S.A. de C.V.,
Institución de Fondos de Pago Electrónico





De conformidad a lo señalado en la cláusula quincuagésima tercera del Contrato, Yo, ______________________el Colaborador autorizado en este acto hace constar la asignación de forma satisfactoria de la Cuenta Colaborador número___________________, ligadas a la Cuenta Centralizadora del Cliente.

Atentamente,
“Colaborador Adicional”
__________________________
(Nombre y firma)

En virtud de lo anterior, el Cliente hace constar la asignación y entrega de la Cuenta y tarjeta referidas de forma satisfactoria por parte de Pagando en favor del Colaborador autorizado.

“EL CLIENTE”

__________________________
(Nombre y firma del titular de la Cuenta)

SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE CUENTA DE COLABORADOR

XC Networks, S.A. de C.V.,
Institución de Fondos de Pago Electrónico





De conformidad a lo señalado en la cláusula quincuagésima tercera del Contrato, el Cliente en este acto solicita a Pagando la cancelación de la cuenta de colaborador adicional número ___________ que se encuentra a nombre del Sr./ Sra._____________________.

Atentamente,
“EL CLIENTE”
__________________________
(Nombre y firma del titular de la Cuenta)